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LA REALIDAD DEL NUEVO IMPUESTO AL PLÁSTICO

El 1 de enero de 2023 entró en vigor el nuevo impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables aprobado en la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, propuesto desde la Unión Europea dentro del marco del Pacto Verde. Esta medida, así como cualquier otra política en materia de residuos, debe tener por objeto promover un uso eficiente de los recursos, que contribuya a una disminución de los efectos del cambio climático y reducción de las basuras marinas.

El uso excesivo de plástico y su impacto es uno de los mayores desafíos medioambientales y con este impuesto el Estado pretende concienciar sobre su uso desproporcionado, así como recaudar más de 1.1000 millones de euros anuales, previsiones hechas por el propio Gobierno.

La medida concreta consiste es recaudar 0,45 euros por cada kilogramo de plástico no reciclado que lleven los envases detallados en la ley y recaerá en las empresas y autónomos fabricantes, importadores y adquirientes intracomunitarios de dichos envases, que deberán ingresarlo a la Agencia Tributaria mensual o trimestralmente, según corresponda, mediante el modelo 592.

A simple vista la gestión de este impuesto puede parecer sencilla, pero nada más lejos de la realidad, su puesta en marcha y operatividad pueden resultar complejas y tediosas, principalmente por tres motivos:

1. Aunque la ley define las características de los envases objeto de gravamen, la infinidad que existe ha creado cierto desconcierto sobre qué envases debe aplicarse y sobre cuáles no. Debido a ello, sólo en el pasado mes de enero la Dirección General de Tributos publicó 18 consultas de entre las planteadas por distintas empresas afectadas, la mayoría de ellas sobre tipos de envases y materiales que pueden verse afectados, como por ejemplo los que contienen plástico biodegradable, las cápsulas de café, las envolturas o films de productos cárnicos o los cierres de envases brick, entre otros.

2. Existe la obligación para fabricantes y adquirientes intracomunitarios de inscribirse con anterioridad al hecho imponible en el Registro Territorial de Impuestos Especiales de su comunidad para obtener el código CIP (Código Identificación del Plástico), así como llevar una contabilidad/registro en la propia página de la Agencia Tributaria para controlar las existencias de envases que contienen plástico no reciclado.

3. Se añade una dificultad extra para importadores y adquirientes intracomunitarios que deben estimar qué cantidad de plástico no reciclado contienen los envases que adquieren, ya que los proveedores extranjeros no están obligados a facilitar estos datos a sus clientes españoles, y los negocios no tienen en su mayoría capacidad para cuantificar peso y composición de los mismos.

Algunas de las consecuencias a corto plazo de este nuevo impuesto, aunque el fin de éste sea bienintencionado, pueden ser las siguientes:

-          Las empresas españolas podrían perder competitividad frente a sus vecinos europeos por el nuevo sobre coste, debido al propio impuesto como a su implementación, pues en el resto de Europa aunque se han tomado iniciativas, algunas de ellas impositivas, no han entrado en vigor.

-          Los consumidores no notarán las últimas medidas adoptadas para paliar los efectos de la inflación, como son la rebaja del IVA de productos básicos y el cheque de 200 euros, pues según algunas estimaciones estas ayudas quedarán neutralizadas con este tributo. Al final será lo comido por lo servido.

Bajo mi punto de vista es mucha la confusión generada alrededor de este nuevo impuesto y poca la garantía de que se trate de una medida eficaz para acabar de raíz con el consumo de plástico, como sugiere el gobierno. Pienso que estas políticas tienen un afán recaudatorio y si el objetivo definitivo de la ley es la de reducir la llegada del plástico al océano con vistas a cumplir con los estándares que la ONU recoge en su informe “De la contaminación a la solución: evaluación mundial de la basura marina y la contaminación por los plásticos”, esta no será la solución definitiva y única, ni mucho menos.

¿Qué impacto en la reducción del uso de envases de plástico puede tener un impuesto que la gran mayoría desconoce?

 

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Departamento Fiscal

María Terrones Alcázar