Como cada año el pasado 29 de Diciembre de 2017 el Consejo de Ministros fijó el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el 2018, valor que marca la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador por la jornada legal de trabajo, de los trabajadores, sean fijos o eventuales.
El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 27.1 señala los factores a tener en cuenta para determinar el SMI que fija cada año el Gobierno, siendo los mismos los siguientes:
a) El índice de precios de consumo.
b) La productividad media nacional alcanzada.
c) El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
d) La coyuntura económica general.
Para este 2018 ha quedado establecido en los siguientes valores:
– Salario Mínimo diario: 24,53€
– Salario Mínimo mensual: 735,90€
– Salario Mínimo anual: 10.302,60€ (14 pagas)
La evolución del Salario Mínimo Interprofesional durante los últimos 10 años ha sido muy lenta, dando un avance en este último año después de varios años de estancamiento con una subida que representa el 4% con respecto al SMI de 2017. Junto a esto se ha acordado una subida progresiva para alcanzar los 850 euros mensuales en el 2020, 11.900,00 euros anuales, siempre y cuando el PIB siga creciendo a un ritmo del 2,5% y se creen 450.000 empleos por ejercicio, subida que supondrá el 20% frente al SMI de 2017.
Como se puede ver en el cuadro que mostramos a continuación.
Año |
Salario Mínimo Día |
Salario Mínimo mes |
|
|
|
2020 |
28,33 euros |
850,00 euros |
2019 |
25,77 euros |
773,00 euros |
2018 |
24,53 euros |
735,90 euros |
2017 |
23,59 euros |
707,60 euros |
2016 |
21,84 euros |
655,20 euros |
2015 |
21,62 euros |
648,60 euros |
2014 |
21,51 euros |
645,30 euros |
2013 |
21,51 euros |
645,30 euros |
2012 |
21,38 euros |
641,40 euros |
2011 |
21,38 euros |
641,40 euros |
2010 |
21,11 euros |
633,30 euros |
2009 |
20,80 euros |
624,00 euros |
2008 |
20,00 euros |
600,00 euros |
2007 |
19,02 euros |
570,60 euros |