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La Ley de auditoría entra en vigor sin el aval del sector

Tras varios meses de polémica y ante el descontento generalizado del sector, hoy entra en vigor la nueva Ley de Auditoría de Cuentas española, que traspone una directiva y un reglamento europeos. La normativa, que se ha gestado en plena vorágine de escándalos financieros y empresariales -Pescanova, Gowex, Bankia o Abengoa-, ha sido recibida con recelo por parte de los auditores, muy críticos ante la urgencia del Gobierno para adaptar, cuanto antes, la Ley del país a la norma europea y ante la falta de diálogo y consenso con la industria.

La normativa, que se aprobó en las Cortes españolas el pasado 9 de julio de 2015, busca recuperar la confianza en la información económica y financiera que se audita y reforzar la calidad e independencia de las auditorías.

Pese a que la Ley entra en vigor hoy, queda pendiente el desarrollo del reglamento, que se dejará en manos del Gobierno que se forme tras las elecciones del próximo 26 de junio y que será clave a la hora de interpretar algunos aspectos dudosos de está.

Sus defensores consideran que el texto aportará más rigor y transparencias a los servicios de auditoría, un requisito fundamental para ganarse la confianza de la opinión pública, que en los últimos tiempos ha cuestionado el alcance y responsabilidad del auditor ante casos de mala praxis empresarial. Cabe recordar que, para las firmas de auditoría, la independencia es un elemento clave, ya que son entidades cuyo trabajo pivota en torno al valor reputacional y al prestigio.

Por contra, los detractores de la Ley aseguran que, lejos de poner coto a estas malas prácticas, el texto finalmente aprobado es inconsistente y no cumple con los objetivos y las expectativas previstos.

Uno de los aspectos más controvertidos de la Ley es el régimen de incompatibilidad. Con la nueva normativa, hasta once servicios serán incompatibles con los trabajos de auditoría.

Además, pretende asegurar la independencia personal de los candidatos a auditar las cuentas en aspectos tales como intereses financieros, comerciales, laborales y familiares, así como en las relaciones comerciales de la firma.

Desde la industria se critica la ambigüedad del texto, que genera problemas de interpretación e inseguridad jurídica y recuerdan que el Consejo de Estado ya advirtió en su momento que se trataba de un texto farragoso de difícil comprensión e ininteligible.

Otro de los cambios que introduce la Ley es la obligación a las compañías a cambiar de auditor cada diez años. Este aspecto de la norma ha roto con el actual statu quo y ha disparado la competencia entre las big four.

En lo que respecta a las firmas del Ibex, hasta ahora Deloitte se imponía sobre sus rivales, pero este dominio se verá alterado como resultado de la Ley en los próximos ejercicios.

En cuanto a los honorarios, una firma de servicios profesionales podrá realizar servicios distintos de la auditoría siempre que no representen más del 70% de la media de ingresos por auditoría legal en los tres últimos ejercicios. Por otro lado, los honorarios del auditor, en relación con un sólo cliente, no podrán superar en los tres últimos ejercicios consecutivos el 15% de sus ingresos anuales.

Más peso al auditor
Pese a aspectos restrictivos de la nueva norma, la Ley refuerza el papel del auditor. El informe de auditoría incluirá a partir de ahora más información sobre los riesgos a las que se enfrentan las compañías.

Asimismo, con el propósito de mejorar la transparencia, el informe deberá contar con más información y detalles de las cuentas analizadas.

La Ley afecta especialmente a Entidades de Interés Público (EIP), entre las que figuran las compañías cotizadas o de crédito, las aseguradoras y aquellas empresas que facturan más de 2.000 millones de euros y emplean a 4.000 personas durante dos años consecutivos. La normativa obliga a las EIP -excepto a aquéllas que facturan menos de 40 millones de euros, tiene activos por menos de 20 millones o no alcanzan los 250 empleados- a contar con una comisión de auditoría, cuyos miembros serán en la mayoría de los casos independientes. Como ejemplo, El Corte Inglés ha decidido adaptar su gestión a las empresas cotizadas y crear una crea una comisión de auditoría.

(Fuente: Rebeca Arroyo, Expansión. 17.06.2016)

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